Fundación Nuevo Futuro Bizkaia
Artículo 3.- "..tiene por objeto la ayuda a la inserción socio-económica de niños y jóvenes desfavorecidos y el apoyo para su desarrollo integral. A efectos de alcanzar el fin primordial destacado en el párrafo anterior y dentro de las actividades de la Fundación se prestará espe
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Artículo 3.- "..tiene por objeto la ayuda a la inserción socio-económica de niños y jóvenes desfavorecidos y el apoyo para su desarrollo integral. A efectos de alcanzar el fin primordial destacado en el párrafo anterior y dentro de las actividades de la Fundación se prestará especial atención al fomento y activación del voluntariado y a la promoción del mismo, procediéndose a desarrollar cuantas acciones sean oportunas para ello. A estos efectos se incidirá en potenciar, respecto a los beneficiarios de la Fundación, su nivel de educación y, en definitiva, su integración social. En esta línea se realizarán acciones de diversa indole tendentes al desarrollo integral de los niños y los jóvenes, tales como la formación de los mismo y de monitores u otros colaboradores, el alojamiento de los jóvenes en casas y otros establecimientos, la promoción de becas o ayudas para estudios, los cuidados de su salud físico-psíquica cuando se estime necesario y la fijación en general de unas estructuras
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ES-PV-FF-190