Fundación Mimara
Artículo 5. Finalidades fundacionales. La Fundación tiene por finalidad sin ánimo de lucro: 1. La mejora y protección de la vida y salud de las personas especialmente con riesgo de inclusión social por razones físicas, económicas o culturales. 2. La promoción de actividades de as
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Artículo 5. Finalidades fundacionales. La Fundación tiene por finalidad sin ánimo de lucro: 1. La mejora y protección de la vida y salud de las personas especialmente con riesgo de inclusión social por razones físicas, económicas o culturales. 2. La promoción de actividades de asistencia y bienestar social, sanitarias, promoción de la acción social. 3. La mejora y divulgación de la cultura, así como mejora de la formación de los ciudadanos mediante la docencia, enseñanza y formación. 4. La protección de las personas con discapacidad psíquica o física o personas mayores, incapacitadas totalmente o parcialmente, por resolución judicial, ejerciendo funciones de la asistencia, curatela u otras figuras de guarda o medidas de soporte que precisen las personas con discapacidad o necesitadas de soporte o ayuda para su desarrollo personal y social, económica y jurídica de conformidad con la normativa vigente. 5. La mejora de las condiciones de vida de las personas con discapacidad (psíquica, mental, física y sensorial), mediante la promoción y el fomento de la prevención, la educación, el ocio, la atención residencial, así como la formación profesional, la actividad e inserción laboral, poniendo el énfasis en la creación de puestos de trabajo e itinerarios de inserción que faciliten el tránsito de estas personas al mercado laboral ordinario. 6. Concesión de becas o ayudas económicas para personas mayores, con el fin de facilitar su acceso a plazas en residencias de mayores y centros de día, tanto de titularidad pública como privada. Estas becas estarán orientadas a promover el bienestar, la inclusión social y la mejora de la calidad de vida de las personas mayores en situación de dependencia o vulnerabilidad económica. Para cumplir con este objetivo, la Fundación podrá: - Establecer programas específicos de ayudas dirigidas a la financiación total o parcial de las plazas residenciales y/o en centros de día. - Colaborar con administraciones públicas, instituciones privadas o
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ES-CT46871