Fundación Mabrok
Artículo 5. Finalidades fundacionales. La Fundación tiene por objeto: Promover y financiar actividades de interés general, en especial conceder ayudas en todo tipo de personas con riesgo de exclusión social, por razones físicas, económicas o culturales. Artículo 6. Actividades P
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Artículo 5. Finalidades fundacionales. La Fundación tiene por objeto: Promover y financiar actividades de interés general, en especial conceder ayudas en todo tipo de personas con riesgo de exclusión social, por razones físicas, económicas o culturales. Artículo 6. Actividades Para la consecución de fines fundacionales, la Fundación desarrolla las actividades que el Patronato considera necesarias directamente y/o en colaboración con otras entidades, instituciones o personas, de acuerdo con el que establece la normativa sobre fundaciones. En concreto, a fin de llevar a cabo la finalidad fundacional, la Fundación desarrolla las actividades que, sin ánimo exhaustivo, se detallan a continuación: Promover y financiar actividades asistenciales en personas y colectivos con dificultades económicas, especialmente en niños, jóvenes y gente mayor. Participar y colaborar con entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la asistencia sanitaria, especialmente con niños, jóvenes y gente mayor. Participar y colaborar directamente, y/o indirectamente mediante otras entidades sin ánimo de lucro, en los gastos soportados por profesionales médicos y sanitarios que se desplacen para realizar sus actividades de atención médica en centros médicos y hospitalarios que lo necesiten. Participar y colaborar en la financiación de gastos de estudios en personas con dificultades económicas, especialmente en niños y jóvenes. Las actividades relacionadas con los fines fundacionales se tendrán que llevar a cabo según las normas que las regulan específicamente, mediante la obtención, si procede, de los permisos o licencias pertinentes.
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Registration
ES-CT109377