Fundacion Fundarpi
Art. 6º. - Fines. La Fundación tiene como fin prioritario de interés general, de carácter benéfico-asistencial, la atención a las personas mayores en situación de dependencia con el objetivo de mantener su autonomía personal y de aquellas otras personas que por su condición físic
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Art. 6º. - Fines. La Fundación tiene como fin prioritario de interés general, de carácter benéfico-asistencial, la atención a las personas mayores en situación de dependencia con el objetivo de mantener su autonomía personal y de aquellas otras personas que por su condición física y psíquica tienen dificultades para la realización de las tareas básicas de la vida diaria, proporcionando atención directa en el hogar y contribuyendo así a la permanencia del beneficiario en su entorno socio-familiar.
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ES-CL-FG09526617